¿Quién me factura si mi arrendador ha fallecido y no hay herederos?

Fallecimiento del arrendador sin herederos conocidos.  Facturación

Pregunta: Facturación del alquiler de un local cuando, habiendo fallecido el arrendador sin herederos conocidos, existe un administrador judicial de la herencia.

Respuesta: Tienen la consideración de sujetos pasivos las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, careciendo de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, cuando realicen operaciones sujetas al Impuesto.

La factura y los duplicados deberán ser expedidos por quien realice las operaciones sujetas al impuesto a favor del destinatario de éstas, es decir, por el representante de la herencia yacente.

Normativa/Doctrina: Art. 84 .tres Ley 37/1992. Consulta Vinculante D.G.T. V 3068 – 21, de 07-12