videovigilancia en el trabajo
Videovigilancia en el trabajo. ¿Vulnera la privacidad de los trabajadorxs?

No  se  tendrá  que  indemnizar por daños   morales   ni  tampoco   por   los   honorarios   de   los   letrados.

videovigilancia en el trabajo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos modifica su criterio y entiende ahora que, en el caso   de   las   cajeras   que   fueron   pilladas   robando   mediante   cámaras   ocultas,   no   se   ha vulnerado el respeto a su vida privada. La instalación de las cámaras por la empresa resultó proporcionada   y   legítima,   en   tanto   le   estaba   provocando   cuantiosas   pérdidas   y   tenía sospechas fundadas de la  actuación  de  las despedidas.  No  se  tendrá  que  indemnizar por daños   morales   ni  tampoco   por   los   honorarios   de   los   letrados.