Discapacidad y enfermedad a la hora de calificar un despido. ¿Es lo mismo?
El Tribunal Supremo aclara la distinción entre discapacidad y enfermedad a la hora de calificar un despido.
El Tribunal Supremo aclara la distinción entre discapacidad y enfermedad a la hora de calificar un despido.
Los seguros médicos, de vida y los planes de jubilación satisfechos por la empresa forman parte del salario a los efectos de calcular la indemnización por despido, según establece una sentencia del TS, de 3 de mayo de 2017.