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Los autónomos de Castilla-La Mancha ya pueden solicitar ayudas a fondo perdido de hasta 4.200 euros

Abierto el plazo de inscripción en la primera convocatoria de ayudas a fondo perdido incluida en el Plan de Impulso al Trabajo Autónomo.

Los autónomos manchegos tienen a su alcance dos líneas de ayudas a fondo perdido de hasta 4.200 euros para fomentar su actividad. Se trata de la primera convocatoria del Plan de Impulso al Trabajo Autónomo pactado con las organizaciones representativas del colectivo, el cual está dotado con 75 millones de euros y beneficiará, según el Gobierno autonómico, a un total de 100.000 profesionales. Castilla-La Mancha habilitó estas primeras ayudas directas -por valor de 17,1 millones de euros- la última semana de diciembre, y su plazo de solicitud permanecerá abierto durante seis meses, hasta el próximo 30 de junio.

Esta línea de subvenciones están destinadas a apoyar el inicio, el mantenimiento y la consolidación de la actividad de los trabajadores por cuenta propia. Además, este año cuenta con la novedad de la inclusión de ayudas para autónomos con una antigüedad de entre 12 y 36 meses.

La solicitud de ambas líneas cuyas cuantías oscilan entre los 2.000 y los 4.200 euros, se presentarán de forma telemática a través de un formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Los autónomos necesitarán para acceder únicamente su firma electrónica.

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Dos líneas con cuantías desde 2.000 hasta 4.200 euros

La convocatoria de ayudas directas abierta hasta junio incluye dos líneas que cubren tres aspectos primordiales para los profesionales: el inicio, el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica.

  • La primera línea está destinada al inicio y mantenimiento de la actividad de los trabajadores por cuenta propia durante los primeros 12 meses de actividad. Está dotada con 3.000 euros que pueden llegar hasta los 4.200 euros en función de si la actividad se desarrolla en zonas en riesgo de despoblación.
  • La segunda línea con ayudas de 2.000 euros está dirigida a apoyar la consolidación de la actividad de personas trabajadoras autónomas con una antigüedad de entre 12 y 36 meses de alta en la Seguridad Social.

Además, esta convocatoria incluye otras novedades dirigidas a favorecer los proyectos relacionados con la economía verde y digital y en materia de asesoramiento.

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¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?

Los requisitos que deben cumplir los autónomos que quieran ser beneficiarios de estas ayudas directas están recogidos en el DOCM. El documento oficial establece que podrán ser beneficiarias de ambas líneas las personas físicas establecidas como autónomos, que realicen la actividad en nombre propio, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales. Asimismo también menciona como beneficiarias a las sociedades limitadas unipersonales, cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad.

Además de esos requisitos generales, el DOCM señala también los siguientes:

  1. Figurar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, para las subvenciones de la línea 1.
  2. Haber causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente en el período comprendido entre el 28 de diciembre de 2020 y el día 30 de junio de 2022, y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de presentación de la solicitud, para las subvenciones la línea 1.
  3. Encontrarse dado de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, desde los 12 meses siguientes al inicio de la actividad y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de la presentación de la solicitud, para las subvenciones de la línea 2.
  4. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o en su caso, con la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.
  5. No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
  6. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.
  7. No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condena por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.
  8. No haber sido objeto de sanciones en firme por incumplimiento de condiciones especiales de ejecución de un contrato administrativo atinentes a la no discriminación por razón de sexo.
  9. Que la actividad objeto de la subvención no esté encuadrada en los sectores agrario, ganadero o forestal.
  10. En el caso de que el beneficiario desarrolle actividad económica, debe acreditar la inscripción en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT, que refleje la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.