El IRPF no es igual para todo el mundo, y eso no es casualidad. El impuesto está diseñado para adaptarse a la realidad de cada contribuyente, aplicando los principios de efectividad, eficiencia y equidad. Para lograrlo, la ley establece exenciones, reducciones y deducciones que tienen en cuenta la situación personal y familiar de quien declara.
Qué es el mínimo personal y cuándo aumenta
El punto de partida es el mínimo personal: una cantidad de renta que se considera necesaria para cubrir las necesidades básicas y que, por tanto, no tributa. Con carácter general, ese mínimo es de 5.550 euros anuales.
Sin embargo, esta cifra se eleva en función de la edad del contribuyente:
- A partir de los 65 años, el mínimo personal aumenta.
- A partir de los 75 años, el incremento es aún mayor.
Esto refleja que las necesidades económicas —y los gastos asociados a ellas— tienden a crecer con la edad.
El mínimo familiar: hijos, ascendientes y discapacidad
Junto al mínimo personal, existe el mínimo familiar, que reconoce las cargas económicas derivadas de tener personas a cargo. Este mínimo se incrementa en función de varios factores:
Descendientes (hijos y nietos): El mínimo familiar aumenta por cada hijo o descendiente que conviva con el contribuyente y dependa económicamente de él. El importe crece con el número de hijos, con importes más elevados a partir del tercero.
Ascendientes (padres y abuelos): También se aplica un incremento si el contribuyente convive y mantiene económicamente a sus padres o abuelos mayores de 65 años, o mayores de 75.
Discapacidad: La existencia de una discapacidad —ya sea del propio contribuyente, de sus descendientes o de sus ascendientes— incrementa adicionalmente el mínimo familiar deducible. El importe varía según el grado de discapacidad reconocido.
El mecanismo es sencillo: a la base liquidable se le resta la cantidad correspondiente al mínimo personal y familiar, y sobre ese resultado se aplica el tipo impositivo. Cuanto mayor sea el mínimo, menor será la base sobre la que se calcula la cuota.
Deducciones directas sobre la cuota: las más importantes
Además de los mínimos, existen deducciones que se restan directamente de la cuota a pagar, reguladas en los artículos 68, 80 y 81 de la Ley del IRPF. Estas son algunas de las más relevantes:
Deducción por maternidad Pueden aplicarla las mujeres que trabajan fuera del hogar y tienen hijos menores de tres años. Para el ejercicio 2026, la deducción puede llegar hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Es posible solicitarla de forma anticipada a la Agencia Tributaria para cobrarla mensualmente (100 euros/mes), o bien aplicarla directamente en la declaración de la renta.
Deducción por familia numerosa o con personas con discapacidad a cargo Existen diversas situaciones que dan derecho a una deducción de 1.200 euros anuales: pertenecer a una familia numerosa (de categoría general o especial), tener un ascendiente o descendiente con discapacidad a cargo, o ser una familia monoparental con dos hijos, entre otras.
Deducciones por donativos e inversiones culturales Los donativos realizados a determinadas fundaciones y entidades sin ánimo de lucro generan deducciones en la cuota, al igual que los gastos e inversiones en bienes de interés cultural. Son deducciones menos conocidas, pero que pueden suponer un ahorro fiscal real para quienes las aplican.
¿Quedó aclarado?
El IRPF contempla un sistema de reducciones y deducciones que tiene en cuenta quién eres, con quién vives y cuáles son tus circunstancias. Conocer estas ventajas fiscales es el primer paso para asegurarte de que tu declaración refleja correctamente tu situación y pagas solo lo que corresponde, ni más ni menos.
Si tienes dudas sobre cómo aplicar estas reducciones en tu caso concreto, en Afianza|Alfyr podemos ayudarte a revisar tu declaración y optimizar tu carga fiscal.

